Decreto261-2017·2017

EXTENSION DE PLAZO PARA EL OTORGAMIENTO DE DETERMINADOS BENEFICIOS TRIBUTARIOS A LOS TURISTAS NO RESIDENTES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

18/09/2017

Fecha de publicación

22/09/2017

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Otórgase a las operaciones comprendidas en el artículo 1° del Decreto N° 376/012 de 23 de noviembre de 2012, que se realicen hasta el 30 de abril de 2018, la reducción de la tasa del Impuesto al Valor Agregado, en la forma y condiciones dispuestas por el citado Decreto. El período a que refiere el inciso anterior es improrrogable y las operaciones aludidas estarán sujetas al régimen de reducción establecido en el Decreto N° 537/005 de 26 de diciembre de 2005.

Artículo 2Artículo 2

Extiéndese el beneficio otorgado a las operaciones comprendidas en el Decreto N° 377/012 de 23 de noviembre de 2012, a aquellos arrendamientos que se realicen hasta el 30 de abril de 2018, manteniéndose en todos sus términos las condiciones exigidas por el citado Decreto para hacer efectivo el referido beneficio.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese y archívese.