Decreto263-2020·2020

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. JULIO 2020

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24/09/2020

Fecha de publicación

30/09/2020

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable (UR) correspondiente al mes de julio de 2020, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el Decreto-Ley N° 14.219, de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en $ 1.264,25 (pesos uruguayos mil doscientos sesenta y cuatro con 25/100).

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (UR) precedentemente establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores, fijase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (URA) del mes de julio de 2020 en $ 1.258,69 (pesos uruguayos mil doscientos cincuenta y ocho con 69/100).

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Índice General de los Precios del Consumo asciende en el mes de julio de 2020 a 217,99 (doscientos diecisiete con 99/100), sobre base diciembre 2010 = 100.

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes agosto de 2020 es de 1,0780 (uno con setecientos ochenta diezmilésimos).

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.