Artículo 1 — Artículo 1
Exonérase al Ministerio del Interior, del cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 11 del Decreto Nº 90/000, de 3 de marzo de 2000, para la ampliación de la capacidad de alojamiento de los establecimientos penitenciarios del Comcar, Las Rosas, y Penal de Libertad, el reacondicionamiento del centro militar ubicado en Punta de Rieles, la construcción de alojamientos de mínima seguridad en el Centro de Reclusión Nº 2 y la Tablada, así como la instalación de "casas de medio camino". Las contrataciones que se realicen al amparo de la presente excepción no podrán superar el monto de $ 300.000.000 (moneda nacional trescientos millones).