Artículo 1 — Artículo 1
Dejar sin efecto la designación de expropiación de los inmuebles ubicados en la Localidad Catastral Maldonado, departamento de Maldonado, individualizados con los Nos. 18.621, 18.622, 18.623, 18.624 y 18.625, que según plano de mensura N° 1458 del Ing. Agrim. Leonardo González constan de un área de 1.118 m2 con 71 dm2 y se deslindan de la siguiente manera: 20,95 m al Noroeste de frente a la calle De las Cañas; 30,34 m al Noreste de frente a la calle N° 3, uniendo ambos frentes una ochava curva de 7,11 m; 25,43 m al Sureste con frente a la calle Cuchilla de Caraguatá formando esquina con la calle N° 3 citada mediante ochava curva de 8,60 m; y 40,00 m al Suroeste lindando con padrón N° 24.563.