Artículo 1 — Artículo 1
Exceptúase a las Unidades Ejecutoras del Inciso 04 (Ministerio del Interior) del régimen establecido por el artículo 75 de la ley 15.809, de 8 de abril de 1986, autorizándolas a disponer de la totalidad de los fondos públicos extrapresupuestales que perciban durante el Ejercicio 1987.