Decreto267-1986·1986

CONSEJOS DE SALARIOS. GRUPO 37 INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION E INSTALACIONES DE LA CONSTRUCCION. GRUPO 47 MINERIA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

14/05/1986

Fecha de publicación

21/07/1986

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Transfiérense las actividades: Canteras de Corte; Canteras en General; Balastreras y Areneras; Caleras y Canteras de Piedra Caliza del "Grupo 37, Industria de la Construcción e Instalaciones de la Construcción" al "Grupo 47 Minería", de la clasificación en grupos de actividades comprendidas en el decreto 178/985, del 10 de mayo de 1985 y el decreto modificatorio 433/985, del 14 de agosto de 1985.

Artículo 2Artículo 2

Elimínase del artículo 1 del decreto 178/985, del 10 de mayo de 1985, el Grupo 48, "Explotación de Recursos Naturales. (Explotación de Bosques y Montes)".

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.-