Decreto267-1999·1999

TRATAMIENTO ADUANERO PARA LA CIRCULACION EN LOS PAISES DEL MERCOSUR DE BIENES INTEGRANTES DE PROYECTOS CULTURALES APROBADOS POR LOS ORGANOS COMPETENTES. RESOLUCION GMC 122/996

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

9 de agosto de 1999

Fecha de publicación

15/09/1999

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Poner en vigencia la norma referente al Tratamiento Aduanero para la circulación en los países del MERCOSUR de bienes integrantes de proyectos culturales aprobados por los Organos competentes, aprobada por Resolución del Grupo Mercado Común Nº 122/996, de 13 de diciembre de 1996, que se adjunta como anexo al presente Decreto.- (*)

Artículo 2Artículo 2

La Dirección Nacional de Aduanas adoptará las medidas necesarias para la aplicación de la operativa dispuesta por la Resolución y coordinará con las distintas reparticiones de la Administración Pública las acciones que correspondan a sus competencias.-

Artículo 3Artículo 3

En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 40º del Protocolo de Ouro Preto, comuníquese a la Secretaría Administrativa del MERCOSUR.-

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese, etc..-