Decreto267-2002·2002

CERTIFICADO DE LIBRE DE OBLIGACIONES CON LA DIRECCION NACIONAL DE RECURSOS ACUATICOS. CESE DE BANDERA NACIONAL A LOS BUQUES PESQUEROS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

7 de noviembre de 2002

Fecha de publicación

16/07/2002

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Para el caso de titulares de buques pesqueros de bandera nacional, se deberá solicitar a la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos el certificado de libre de obligaciones con el Organismo, previo a la iniciación del procedimiento para el cese de su bandera ante la autoridad competente. (*)

Artículo 2Artículo 2

La autoridad competente deberá preceptivamente requerir dicho certificado al solicitante, sin el cual éste no podrá dar trámite a la gestión expresada en el artículo primero del presente decreto.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.