Decreto267-2010·2010

AUTORIZACION DE LA COMPRA DE TITULOS DE DEUDA PUBLICA BAJO LEY NACIONAL Y EXTRANJERA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

9 de febrero de 2010

Fecha de publicación

15/09/2010

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase la compra por hasta U$S 500:000.000,00 (quinientos millones de dólares de los Estados Unidos de América), hasta los montos y en las condiciones que indique el Ministerio de Economía y Finanzas, de todos los títulos de deuda emitidos por la República bajo ley extranjera y ley uruguaya.

Artículo 2Artículo 2

Cométese al Ministerio de Economía y Finanzas a llevar a cabo el proceso de compra de los títulos de deuda pública, efectuar la oferta pública de compra y negociar, aprobar y suscribir en representación de la República los contratos y documentos que se requieran, a los efectos de las operaciones dispuestas en este Decreto. El Banco Central del Uruguay, en su carácter de Agente Financiero del Estado, llevará adelante los procedimientos pertinentes para hacer efectiva la operación. La representación del Estado será ejercida, indistintamente, por los Economistas Pedro Buonomo y Carlos Sténeri.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese y archívese.