Decreto268-1989·1989

FIJACION DE PRECIOS MINIMOS DE EXPORTACION. REFRIGERADORES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

6 de julio de 1989

Fecha de publicación

13/09/1989

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase por un período de un año a partir del vencimiento de los Precios Mínimos de Exportación establecidos por Resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de 27 de marzo de 1989, los siguientes Precios Mínimos de Exportación de carácter definitivo para los productos que se detallan: - Refrigeradores eléctricos de tipo doméstico que se introduzcan por el item NADI 84.15.03.19; con freezer U$S 4,10 el kg. CIF sin freezer U$S 3,60 el kg. CIF

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese en dos diarios de la capital, etc.