Artículo 1 — Artículo 1
Exonérase al Ministerio de Defensa Nacional, a los solos efectos de lo reseñado en los Considerandos del presente Decreto, del cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 11 del Decreto Nº 90/000, de 3 de marzo de 2000, para la adquisición de radares para el aeropuerto.