Decreto269-2024·2024

FIJACION DEL APORTE AL FONDO DE FINANCIAMIENTO Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA ACTIVIDAD LECHERA (FFDSAL). 1° DE SETIEMBRE DE 2024

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

30/09/2024

Fecha de publicación

10 de setiembre de 2024

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase a partir del 1° de setiembre de 2024 la prestación pecuniaria que financia el Fondo de Financiamiento y Desarrollo Sustentable de la Actividad Lechera (FFDSAL) en $ 0,307 (trescientos siete milésimos de pesos uruguayos) por litro de leche.

Artículo 2Artículo 2

El presente Decreto entrará en vigencia a partir del 1° de setiembre de 2024.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.