Decreto27-2000·2000

FIJACION DE APORTES A LA SEGURIDAD SOCIAL. CONDUCTORES DEL SERVICIO DE AUTOMOVILES CON TAXIMETRO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

26/01/2000

Fecha de publicación

2 de febrero de 2000

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Declárase vigente desde marzo de 1997 inclusive y hasta el 29 de febrero del 2000, la tributación por un salario ficto para conductores de automóviles con taxímetro del departamento de Montevideo, prevista en el Decreto Nº 269/996 de 3 de julio de 1996, el que tendrá el mismo alcance y procedimiento de ajuste previsto en el Decreto Nº 585/986 de 2 de agosto de 1986.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese, etc.