Artículo 1 — Artículo 1
Deróganse las siguientes normas reglamentarias aplicables a los Oficiales de las Fuerzas Armadas designados en Misiones Diplomáticas como Agregados de Defensa, Agregados Militares, Navales, Aeronáuticos y Adjuntos o en Misiones Oficiales o en Comisiones de Servicio: Decreto 14.066 de 21 de julio de 1949; Decreto 62/966 de 10 de febrero de 1966; Decreto 1031/973 de 4 de diciembre de 1973; artículos 2, 3 y 4 del Decreto 422/982 (1) de 19 de noviembre de 1982; Decreto 15/984 de 10 de enero de 1984; Decreto 123/990 (1) de 23 de febrero de 1990; artículo 13 del Decreto 589/986 de 2 de setiembre de 1986, en la redacción dada por los Decretos 428/987 de fecha 18 de agosto de 1987, 6/991 de 9 de enero de 1991 y 284/991 de 28 de mayo de 1991; artículos 2 y 3 del Decreto 6/991 de 9 de enero de 1991; artículo 17 del Decreto 733/991 de 30 de diciembre de 1991; Decreto 227/992 de 26 de mayo de 1992; Decreto 362/993 de 5 de agosto de 1993; Decreto 254/994 de 1ro. de junio de 1994; Decreto 586/994 de 15 de diciembre de 1994 y Decreto 130/999 de 10 de mayo de 1999. (1)Decretos no publicados en el Diario Oficial.