Decreto27-2006·2006

FIJACION DE SALARIO MINIMO NACIONAL. ENERO 2006

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

30/01/2006

Fecha de publicación

2 de marzo de 2006

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el monto del Salario Mínimo Nacional en la suma de $ 2.617,50 (pesos uruguayos dos mil seiscientos diecisiete con 50/00) mensuales o su equivalente resultante de dividir dicho importe entre veinticinco para determinar el jornal diario, o entre doscientos para determinar el salario por hora.

Artículo 2Artículo 2

El monto establecido rige a partir del 1º de enero de 2006 y no será aplicable a los salarios de los trabajadores domésticos ni a los rurales.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.