Decreto271-1991·1991

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. ABRIL 1991. MAYO 1991

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

22/05/1991

Fecha de publicación

7 de febrero de 1991

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) correspondiente al mes de abril de 1991, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el decreto ley 14.219, de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en N$ 14.586,44 (nuevos pesos catorce mil quinientos ochenta y seis con 44/100).

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores, fíjase el valor de la Unidad Reajustable Alquileres (U.R.A.) del mes de abril de 1991 en N$ 14.303,21 (nuevos pesos catorce mil trescientos tres con 21/100).

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Indice de los Precios del Consumo, asciende en el mes de abril de 1991 a 2.377,64 (dos mil trescientos setenta y siete con 64/100) sobre base diciembre de 1985=100.

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de mayo de 1991 es de 2,1162 (dos con mil ciento sesenta y dos diezmilésimas).

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.