Artículo 1 — Artículo 1
La redistribución de los funcionarios cuyos cargos y funciones contratadas resultaron excedentes como consecuencia de la creación de las Personas Públicas no Estatales "Plan Agropecuario", "Dirección Nacional de Impresiones y Publicaciones Oficiales" e "Instituto Nacional de Abastecimiento" se realizará a un nuevo cargo o función. (*)