Artículo 1 — Artículo 1
Dispónese la incorporación al ordenamiento jurídico nacional de la Resolución Nº 28/05 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR, cuyo texto se anexa como parte integrante del presente Decreto. (*)
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Dispónese la incorporación al ordenamiento jurídico nacional de la Resolución Nº 28/05 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR, cuyo texto se anexa como parte integrante del presente Decreto. (*)
Artículo 2 — Artículo 2
La Dirección Nacional de Aduanas implementará las medidas necesarias para la aplicación del procedimiento dispuesto por la mencionada Resolución Nº 28/05 del Grupo Mercado Común.
Artículo 3 — Artículo 3
Derógase el Decreto Nº 571/994, de 29 de diciembre de 1994 y todas las normas que se opongan al presente Decreto, a partir de la fecha de entrada en vigencia simultánea de la mencionada Resolución Nº 28/05 del Grupo Mercado Común de conformidad al artículo 40 del Protocolo de Ouro Preto.
Artículo 4 — Artículo 4
Comuníquese a la Secretaría del MERCOSUR, a sus efectos.
Artículo 5 — Artículo 5
Comuníquese, publíquese, etc.