Decreto272-2021·2021

PRORROGA DE PLAZO A LA EXCEPCION ESTABLECIDA POR EL DECRETO 48/019, RELATIVA A LAS RETRIBUCIONES DE FUNCIONARIOS DE LA DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

20/08/2021

Fecha de publicación

30/08/2021

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Prorrógase el plazo de la excepción establecida por el Decreto N° 48/019, que excluye de la limitación dispuesta por el artículo 105 del Decreto-Ley especial N° 7, de 23 de diciembre de 1983, a las retribuciones de aquellos funcionarios que efectivamente realizan la función de Ayudante de Obra en la Dirección Nacional de Vialidad, los cuales deben prestar tareas en la propia obra a la que fueron asignados, o en sus correspondientes laboratorios en los casos que corresponda, a partir del 1° de junio y hasta el 31 de diciembre de 2021.

Artículo 2Artículo 2

Publíquese y comuníquese a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, a la Oficina Nacional del Servicio Civil, a la Contaduría General de la Nación y pase a la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas a sus efectos.