Decreto272-2023·2023

INCORPORACION AL CONTROL DE SALUD PARA TODAS LAS PERSONAS QUE DESARROLLEN ACTIVIDAD LABORAL, ACTIVIDAD FISICA Y PRACTICAS DEPORTIVAS, DE LA DETERMINACION SEROLOGICA DEL ANTICUERPO CONTRA EL VIRUS DE HEPATITIS C (PRUEBA ANTI-VHC)

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

9 de mayo de 2023

Fecha de publicación

9 de agosto de 2023

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Incorpórase al Control de Salud para todas las personas que desarrollen actividad laboral, así como las que realicen actividad física y prácticas deportivas, la determinación serológica del anticuerpo contra el Virus de hepatitis C (prueba anti-VHC).

Artículo 2Artículo 2

El Ministerio de Salud Pública establecerá las recomendaciones respecto a su indicación y periodicidad, al igual que en otros estudios paraclínicos que integran el control de salud.

Artículo 3Artículo 3

Las instituciones o servicios de salud que emitan constancias de Control en Salud o certificados de aptitud médico-deportiva que no cumplan con la presente reglamentación, podrán ser sancionados por el Ministerio de Salud Pública, conforme a las facultades sancionatorias dispuestas por el artículo 396 de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020, así como por la Junta Nacional de Salud, según lo previsto en el literal E) del artículo 28 de la Ley N° 18.211, de 5 de diciembre de 2007 y sus normas reglamentarias.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese.