Decreto272-2025·2025

FIJACION DE TARIFAS DEL TRANSPORTE COLECTIVO DE PASAJEROS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

12 de febrero de 2025

Fecha de publicación

12 de setiembre de 2025

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Facúltase a la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas a determinar los valores de los boletos para los servicios suburbanos, sobre la base del precio operativo del kilómetro recorrido en ómnibus, que con los adicionales mencionados en los Resultandos del presente Decreto, asciende a $ 104,905 (pesos uruguayos ciento cuatro con novecientos cinco milésimos). Esto implica un incremento del 0,478% respecto al precio operativo con adicionales vigente.

Artículo 2Artículo 2

Fíjase en $ 127,543 (pesos uruguayos ciento veintisiete con quinientos cuarenta y tres milésimos) el precio por utilización de servicios de andenes (Toque), que cobra la empresa KELIR S.A., en la Terminal de Ómnibus Suburbana de Montevideo Baltasar Brum, a las empresas de transporte que hagan uso de la misma.

Artículo 3Artículo 3

La variación del valor de los boletos indicada en el artículo 1° del presente Decreto, quedará vigente a partir de la fecha que se establecerá en la Resolución de la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese en un diario de circulación nacional y vuelva a la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a sus efectos.