Decreto274-1996·1996

APROBACION ENMIENDA 96 AERONAVEGABILIDAD DE LAS AERONAVES, ANEXO 8 - AVIACION CIVIL INTERNACIONAL

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

7 de setiembre de 1996

Fecha de publicación

19/07/1996

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Declárase aplicable en el ámbito internacional a partir del 10 de noviembre de 1994 la Enmienda 96 de las Normas Internacionales - Aeronavegabilidad de las Aeronaves - Anexo 8 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional. (*)

Artículo 2Artículo 2

Declárase incorporada al Derecho Interno a partir de su publicación en el Diario Oficial la Enmienda 96 de las Normas Internacionales - Aeronavegabilidad de las Aeronaves - Anexo 8 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese y pase al Comando General de la Fuerza Aérea a sus efectos. Cumplido, archívese.