Decreto274-2024·2024

FIJACION DEL SALARIO MINIMO PARA LOS TRABAJADORES ASISTENTES PERSONALES HABILITADOS POR LA SECRETARIA NACIONAL DE CUIDADOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

10 de noviembre de 2024

Fecha de publicación

17/10/2024

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

FÍJASE el monto del salario mínimo para los trabajadores asistentes personales habilitados por la Secretaría Nacional de Cuidados que desempeñan tareas en el marco de la Ley N° 19.353, de fecha 27 de noviembre de 2015, y su Decreto N° 117/016 de fecha 25 de abril de 2016, en $ 30.983 (pesos treinta mil novecientos ochenta y tres) nominales mensuales correspondientes a 44 horas semanales de labor y 25 jornales en el mes, lo que equivale a $ 163 (pesos ciento sesenta y tres) por hora.

Artículo 2Artículo 2

EL monto establecido rige a partir del 1° de marzo de 2024.

Artículo 3Artículo 3

EL salario fijado no será de aplicación para los trabajadores dependientes de las personas jurídicas prestadoras de los servicios referidas en los artículos 19° y 20° del Decreto N° 117/016, de fecha 25 de abril de 2016, rigiendo para ellos los salarios mínimos y ajustes establecidos en los grupos y subgrupos de los Consejos de Salarios en que se encuentran comprendidos.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.