Artículo 1 — Artículo 1
Autorizar por única vez el uso de las dos vacantes de Alférez existentes en la Serie Informática del Sub Escalafón Técnico-Profesional del Escalafón de Apoyo, a los efectos de conferir ascensos en la Serie Educación Física.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Autorizar por única vez el uso de las dos vacantes de Alférez existentes en la Serie Informática del Sub Escalafón Técnico-Profesional del Escalafón de Apoyo, a los efectos de conferir ascensos en la Serie Educación Física.
Artículo 2 — Artículo 2
Disponer que las vacantes deben ser oportunamente devueltas a la Serie Informática, en la medida que se vayan generando por ascenso al grado inmediato superior en la Serie Educación Física.
Artículo 3 — Artículo 3
La presente norma regirá a partir del 1° de febrero de 2020.
Artículo 4 — Artículo 4
Comuníquese, publíquese y pase al Comando General del Ejército. Cumplido, archívese.