Artículo 1 — Artículo 1
Los Organos del Poder Ejecutivo, Entes Autónomos y Servicios Descentralizados cuando contraten pautas publicitarias en televisión y radio, deberán efectuar con Canal 5 y las radiodifusoras del SODRE, el equivalente a un 20% de los montos que en cada contrato se determinen con otros operadores de publicidad.