Artículo 1 — Artículo 1
Modifícase la Nomenclatura Común del Mercosur y su correspondiente Arancel Externo Común, de conformidad con los Anexos I y II que forman parte del presente Decreto. (*)
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Modifícase la Nomenclatura Común del Mercosur y su correspondiente Arancel Externo Común, de conformidad con los Anexos I y II que forman parte del presente Decreto. (*)
Artículo 2 — Artículo 2
Dispónese la incorporación al ordenamiento jurídico nacional de la Resolución GMC N° 40/10 del Grupo del Mercado Común del Mercosur, cuyo texto se anexa como Anexo III y forma parte integrante del presente Decreto. (*)
Artículo 3 — Artículo 3
Dése cuenta a la Asamblea General.
Artículo 4 — Artículo 4
Comuníquese, publíquese, etc.