Artículo 1 — Artículo 1
La importación de plátanos frescos (Posición NADI 08.01.01.00) estará sujeta al pago de recargos de importación a la tasa del 30% (treinta por ciento), Tasa de Movilización de Bultos al 1% (uno por ciento y Tasas Consulares al 4% (cuatro por ciento). La misma estará exenta de Impuesto Aduanero Unico a la Importación.