Decreto280-1991·1991

SERVICIO EXTERIOR - FUNCIONARIOS DIPLOMATICOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

28/05/1991

Fecha de publicación

7 de octubre de 1991

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Los funcionarios de carrera del Ministerio de Relaciones Exteriores, que hayan sido designados para ocupar jefaturas de misión permanentes, con rango de embajador, podrán utilizar la denominación de "Embajador retirado" al cese de su relación funcional.

Artículo 2Artículo 2

En la documentación que el Ministerio de Relaciones Exteriores deba expedirles, conforme a las normas vigentes, se utilizará la referida denominación.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.-