Decreto282-2006·2006

MODIFICACION DEL REGLAMENTO DE INSTALACIONES DE GASES COMBUSTIBLES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

21/08/2006

Fecha de publicación

28/08/2006

Artículos (1)

Artículo 1

Artículo 1º.- Sustitúyese la exigencia de acreditar mediante un certificado de la distribuidora y una declaración jurada, la realización de instalaciones previas para aspirantes a instaladores categoría IG 1 e IG 2 a que refiere el Capítulo V, Disposiciones Transitorias, num. 3.1, del "Reglamento de Instalaciones de Gases Combustibles", aprobado por Decreto 216/002, de 13 de junio de 2002, por el de rendir un examen teórico y práctico.