Artículo 1 — Artículo 1
Atribúyese jurisdicción consular sobre todo el territorio de Bosnia y Herzegovina a la Embajada de la República en la República de Rumania, sin perjuicio de la jurisdicción consular que ejerza sobre otros territorios de conformidad con el Decreto N° 332/014 del 14 de noviembre de 2014 y restante normativa vigente.