Artículo 1 — Artículo 1
Dispónese que la persona jurídica de derecho público no estatal Comisión Nacional Honoraria de Lucha contra la Hidatidosis, debe presentar sus balances antes del 30 de abril de cada año al Ministerio de Salud Pública, acompañada de un informe de una auditoría externa, quedando sometida en lo pertinente a la normativa vigente en la materia.