Decreto283-2008·2008

SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD. INTEGRACION Y DESIGNACION DE LA PRIMERA JUNTA NACIONAL DE SALUD

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

6 de setiembre de 2008

Fecha de publicación

16/06/2008

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Para la primera Junta Nacional de Salud, el representante de los usuarios será designado por el Poder Ejecutivo, escuchando las propuestas de la organización de los mismos que tenga mayor grado de representatividad. De la misma forma se designará su alterno.

Artículo 2Artículo 2

El mandato del representante titular de los usuarios al igual que el de su alterno durará dos años, contados a partir de la fecha en que los mismos sean designados.

Artículo 3Artículo 3

Con antelación suficiente al vencimiento del mandato a que refiere el Artículo anterior, el Poder Ejecutivo determinará los mecanismos de selección democrática que observará el colectivo de usuarios para nominar a sus candidatos para representarlo en la Junta Nacional de Salud.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese.