Artículo 1 — Artículo 1
Dispónese la Reserva Minera de la siguiente área: Zona XIX: Padrón Nº 11.950 ubicado en la Octava Sección judicial del departamento de Florida.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Dispónese la Reserva Minera de la siguiente área: Zona XIX: Padrón Nº 11.950 ubicado en la Octava Sección judicial del departamento de Florida.
Artículo 2 — Artículo 2
La Reserva Minera se extenderá por un plazo de tres años a partir de la fecha y comprenderá la totalidad de los yacimientos de rocas graníticas existentes en el área mencionada, cometiéndose la realización de las labores a la Dirección Nacional de Minería y Geología.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, publíquese, etc.