Artículo 1 — Artículo 1
Créase la Comisión Nacional de Asuntos Migratorios, la que estará integrada por un representante del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en carácter de coordinador, un representante del Ministerio del Interior a través de la Dirección Nacional de Migración, un representante del Ministerio de Turismo y un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores.