Artículo 1 — Artículo 1
Créase en la órbita del Ministerio de Defensa Nacional una Comisión Técnica Mixta de Aeroaplicación.-
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
10 de marzo de 2000
Fecha de publicación
10 de noviembre de 2000
Artículo 1 — Artículo 1
Créase en la órbita del Ministerio de Defensa Nacional una Comisión Técnica Mixta de Aeroaplicación.-
Artículo 2 — Artículo 2
Dicha Comisión se integrará de la siguiente forma: un representante del Ministerio de Defensa Nacional (DINACIA); un representante del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (Dirección General de Servicios Agrícolas); un representante del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (Dirección Nacional de Medio Ambiente); un representante del Ministerio de Salud Pública (Departamento de Salud Ambiental - Dirección Epidemiología); un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores y un representante de A.N.E.P.A. (Asociación Nacional de Empresas Privadas Agrícolas).-
Artículo 3 — Artículo 3
Los cometidos de la Comisión, serán los siguientes: a) Coordinar los esfuerzos entre los diferentes organismos involucrados en la actividad y las empresas privadas comprendidas, proporcionando su apoyo en las políticas crediticias y financieras del Estado, orientadas a incrementar el nivel de calidad y diversidad de la producción agropecuaria, a fin de incrementar la potencialidad económica tecnológica y competitiva de las mismas.- b) Establecer relaciones con los organismos regionales internacionales en materia de aeroaplicación.- c) Diseñar estrategias de políticas sectoriales en el sector de la aviación aero-agrícola, en concordancia, con las normas de Política Aeronáutica en la materia (Decreto 325/974 de 26 de abril de 1974) y el compromiso asumido por el país en el Tratado Constitutivo del MERCOSUR aprobado por la Ley 16.196 de 22 de julio de 1991.- d) Proponer las reformas legislativas que se estimen necesarias, para la regulación de la actividad Aero-Agrícola, en el marco del contexto regional.- e) Participar en los foros nacionales, regionales e internacionales, de la materia, defendiendo una política sectorial, estructurada sobre los instrumentos legales aprobados por el país.-
Artículo 4 — Artículo 4
Comuníquese, publíquese, archívese.-