Decreto285-1990·1990

EXPEDICION DE COPIAS DE PARTES POLICIALES DE ACCIDENTES DE TRANSITO. JEFATURAS DE POLICIA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

22/06/1990

Fecha de publicación

16/07/1990

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Las dependencias de las Jefaturas de Policía extenderán copia autenticada del parte policial de accidentes de tránsito en que intervengan vehículos automotores, a solicitud verbal del interesado, y sin necesidad de la presentación del certificado de libre de multas que expide la Comisaría de Tránsito, salvo que el funcionario actuante verifique, en dicho acto, la existencia de adeudos al respecto.

Artículo 2Artículo 2

Dicha verificación en ningún caso supondrá la extensión del plazo que actualmente insume el trámite.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.