Artículo 1 — Artículo 1
Apruébase la selección y delimitación del área natural protegida denominada "Cerro Verde" en la forma, con las pautas de manejo y condiciones generales de uso incluidas en la propuesta de la Dirección Nacional de Medio Ambiente, comprendiendo el Padrón N° 2643 de la 5ª Sección Catastral del departamento de Rocha y la franja marina adyacente hasta las cinco millas náuticas, incluyendo el complejo de islas oceánicas genéricamente denominadas Coronillas (Isla Verde, Isla Coronilla o La Coronilla e islotes).-