Decreto286-1992·1992

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. MAYO 1992. JUNIO 1992

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

22/06/1992

Fecha de publicación

7 de enero de 1992

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) correspondiente al mes de mayo de 1992, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el decreto ley 14.21 9 de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en N$ 28.772,03 (nuevos pesos veintiocho mil setecientos setenta y dos con 03/100).

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores, fijase el valor de la Unidad Reajustable Alquileres (U.R.A.)del mes de mayo de 1992 en N$ 27.282,30 (nuevos pesos veintisiete mil doscientos ochenta y dos con 30/100).

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Indice de los Precios del Consumo, asciende en el mes de mayo de 1992 a 4.459,74 (cuatro mil cuatrocientos cincuenta y nueve con 74/100) sobre base diciembre 1985 = 100.

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los Alquileres que se actualizan en el mes de junio de 1992 es de 1,7254 (uno con siete mil doscientas cincuenta y cuatro diezmilésimas).

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.