Artículo 1 — Artículo 1
Establécese que los numerales "1º, 2º, 3º y 4º" citados en la parte resolutiva del decreto original, se refiere a "Art. 1º, Art. 2º, Art. 3º y Art. 4º",.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Establécese que los numerales "1º, 2º, 3º y 4º" citados en la parte resolutiva del decreto original, se refiere a "Art. 1º, Art. 2º, Art. 3º y Art. 4º",.
Artículo 2 — Artículo 2
Aclárase que la mención a la Ley Nº 16.096 citada en el "Visto" y en el "artículo 2º" del texto original y su publicación en el Diario Oficial, debió referirse a la Ley Nº 16.906 de 7/1/98, por así corresponder.
Artículo 3 — Artículo 3
Sustitúyese el término "Declárese" citado en el art. 1º del texto original y de la publicación, por el de "Declárase", por ser lo adecuado.
Artículo 4 — Artículo 4
Comuníquese, publíquese, etc.