Decreto286-2004·2004

EXONERACION DE VISA A CIUDADANOS ESLOVACOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

8 de octubre de 2004

Fecha de publicación

17/08/2004

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Los ciudadanos eslovacos portadores de pasaporte expedido por la República de Eslovaquia, que viajen temporariamente a nuestro país con propósitos turísticos o comerciales, estarán eximidos del requisito de visa.

Artículo 2Artículo 2

Las personas mencionadas en el artículo 1ro. De este Decreto podrán permanecer en el territorio de la República amparados al régimen presente, hasta un máximo de noventa días.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, notifíquese, etc.