Artículo 1 — Artículo 1
Los recursos que obtengan los Incisos del Presupuesto Nacional por la enajenación de bienes inmuebles del Estado, serán depositados en el Tesoro Nacional en la Cuenta Unica Especial mediante estado de recaudación con código de recursos 411.101.005, asociado al código de disponibilidad financiera especial 05.004.11.111.538.0017296 y a la orden del Ministerio de Economía y Finanzas (Tesorería General de la Nación).-