Artículo 1 — Artículo 1
Apruébase el Quincuagésimo Octavo Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N° 18, suscrito el 20 de abril de 2006 entre los Gobiernos de la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del MERCOSUR, que incorpora al Acuerdo de Complementación Económica N° 18, al amparo de las disposiciones establecidas en el Tratado de Montevideo de 1980, la Directiva N° 06/05 de la Comisión de Comercio del MERCOSUR relativa a "Nota explicativa del Régimen de Origen MERCOSUR". (*)