Decreto288-2000·2000

DECLARACION DE FERIADO NACIONAL

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

10 de abril de 2000

Fecha de publicación

10 de noviembre de 2000

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

El feriado no laborable del 23 de setiembre de 2000, da lugar al pago de la remuneración a todo trabajador como si hubiera trabajado, y en caso de haberlo hecho, a doble paga.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese, etc.