Decreto288-2010·2010

ENCUESTADORES DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA. FIJACION DEL VALOR DE LA ENCUESTA POR RELEVAMIENTO DEL IPC

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

27/09/2010

Fecha de publicación

10 de junio de 2010

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor que percibirán los encuestadores del Instituto Nacional de Estadística por el relevamiento del Indice de Precios de Consumo en Montevideo e Interior del país en $ 72 (pesos uruguayos setenta y dos) nominales por encuesta.

Artículo 2Artículo 2

El precio fijado está expresado a valores setiembre 2010 y se incrementará en ocasión y en los porcentajes que determine el Poder Ejecutivo para los funcionarios de la Administración Central.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.