Decreto288-2015·2015

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. SETIEMBRE 2015

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

26/10/2015

Fecha de publicación

11 de marzo de 2015

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) correspondiente al mes de setiembre de 2015, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el Decreto-Ley N° 14.219 de 4 de julio de 1974 y sus modificativos, en $ 830,72 (pesos uruguayos ochocientos treinta con 72/100).

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores, fíjase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (U.R.A.) del mes de setiembre de 2015 en $ 823,55 (pesos uruguayos ochocientos veintitrés con 55/100).

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Índice General de los Precios del Consumo, asciende en el mes de setiembre de 2015 a 149,36 (ciento cuarenta y nueve con treinta y seis), sobre base diciembre 2010 = 100.

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de octubre de 2015 es de 1,0914 (uno con novecientos catorce diezmilésimos).

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.