Decreto288-2019·2019

AUTORIZACION DE BONIFICACION HASTA EL 50%, EN EL PRECIO DE LA INSPECCION TECNICA VEHICULAR A LA NOMINA DE APICULTORES QUE REMITA LA DIRECCION DE LA GRANJA, Y QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS QUE SE DETERMINAN

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

30/09/2019

Fecha de publicación

10 de julio de 2019

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase por única vez, la bonificación de hasta el 50% (cincuenta por ciento), en el precio de la inspección técnica vehicular a la nómina de apicultores, que remita la Dirección de Granja dependiente del Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca, y que sean poseedores de 1 (un) vehículo de transporte de carga con capacidad de carga mayor a 2 (dos) toneladas y con el peso bruto total igual o menor a 8.5 (ocho con cinco) toneladas.

Artículo 2Artículo 2

Es condición indispensable para obtener dicho beneficio que el apicultor cuente con la inscripción en la Dirección General Impositiva y con el RUT que acredite la existencia de la empresa con giro en el ramo de la producción apícola.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese y vuelva a la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a sus efectos.