Decreto289-1986·1986

INTERVENCION ADMINISTRATIVA DE ASOCIACION CIVIL. CAJA DE JUBILACIONES PENSIONES Y SUBSIDIOS DE LOS EMPLEADOS PERMANENTES Y POR REUNION DEL JOCKEY CLUB. MONTEVIDEO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

28/05/1986

Fecha de publicación

7 de noviembre de 1986

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Interviénese, a partir de la fecha del presente decreto y hasta la liquidación definitiva de los Organismos, a las Cajas de Jubilaciones, Pensiones y Subsidios de los Empleados Permanentes y por Reunión del Jockey Club de Montevideo.

Artículo 2Artículo 2

Desígnase al doctor Javier Gomensoro interventor de las referidas Cajas con las mismas atribuciones, potestades, prohibiciones, obligaciones y responsabilidades que las previstas en los estatutos de los respectivos Consejos Directivos.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, notifíquese, etc.