Decreto29-2011·2011

AJUSTE SALARIAL DE LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS. ENERO 2011

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24/01/2011

Fecha de publicación

2 de enero de 2011

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Ajústase, a partir del 1° de enero de 2011, las remuneraciones de funcionarios comprendidos en los Incisos 02 a 15 del Presupuesto Nacional, en un 6,93% (seis con noventa y tres por ciento). El porcentaje de ajuste previsto en este artículo se aplica sobre las remuneraciones percibidas con cargo a créditos correspondientes a Rentas Generales, Recursos con Afectación Especial y otras Financiaciones dispuestas por leyes especiales, vigentes al 31 de diciembre de 2010, debiendo el aumento ser financiado con la misma fuente de financiamiento que la remuneración original.

Artículo 2Artículo 2

El ajuste previsto en el artículo anterior será aplicable a los subsidios de los cargos políticos y de particular confianza y a los incentivos de retiros establecidos en el artículo 29 de la ley N° 17930 de 19 de diciembre de 2005 y modificativos y el Artículo 179 de la Ley N° 18.362 de 6 de octubre de 2008.

Artículo 3Artículo 3

Las remuneraciones de los contratados al amparo del régimen previsto en los artículos 30 a 43 de la Ley N° 17.556 de 18 de setiembre de 2002 modificativas y concordantes, en los Incisos 02 a 15 del Presupuesto Nacional, se ajustarán en un 6,93% (seis con noventa y tres por ciento).

Artículo 4Artículo 4

La Contaduría General de la Nación realizará, cuando corresponda, los ajustes de créditos presupuestales necesarios para cumplir con los criterios de ajuste establecidos en el presente decreto.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese, etc.