Decreto291-2023·2023

FIJACION DEL APORTE AL FONDO DE FINANCIAMIENTO Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA ACTIVIDAD LECHERA (FFDSAL). 1° DE SETIEMBRE DE 2023

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

21/09/2023

Fecha de publicación

28/09/2023

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase a partir del 1° de setiembre de 2023 la prestación pecuniaria que financia el Fondo de Financiamiento y Desarrollo Sustentable de la Actividad Lechera (FFDSAL) en $ 0,286 (doscientos ochenta y seis milésimos de pesos uruguayos) por litro de leche. (*)

Artículo 2Artículo 2

El presente decreto entrará en vigencia a partir del 1° de setiembre de 2023.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese y archívese.