Decreto293-2008·2008

CARGOS Y CONTRATOS DE FUNCION PUBLICA DE LA JEFATURA DE POLICIA DE TACUAREMBO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

17/06/2008

Fecha de publicación

25/06/2008

Artículos (6)

Artículo 1Artículo 1

Apruébase la estructura de cargos de la Unidad Ejecutora 021 "Jefatura De Policía de Tacuarembó", Programa 005 "Mantenimiento del orden interno - Interior, Inciso 04 - Ministerio del Interior para los sub escalafones, como se detalla a continuación: POLICIA ADMINISTRATIVA - P.A. GRADO Denominación Total de Cargos 011 Comisario Inspector 1 010 Comisario 1 009 Sub Comisario 1 008 Oficial Principal 2 007 Oficial Ayudante 2 006 Oficial Sub Ayudante 3 005 Sargento Primero 4 004 Sargento 4 003 Cabo 4 002 Agente de Primera 5 Total 27 POLICIA EJECUTIVA GRADO Denominación Total de Cargos 011 Comisario Inspector 8 010 Comisario 13 009 Sub Comisario 15 008 Oficial Principal 12 007 Oficial Ayudante 9 006 Oficial Sub Ayudante 9 006 Sub Oficial Mayor 8 005 Sargento Primero 18 004 Sargento 34 003 Cabo 67 002 Agente de Primera 186 001 Agente de Segunda 327 Total 706 POLICIA ESPECIALIZADA - P.E. GRADO Denominación Total de Cargos 007 Oficial Ayudante 1 006 Oficial Sub Ayudante 2 005 Sargento Primero 2 004 Sargento 2 003 Cabo 2 002 Agente de Primera 3 Total 12 POLICIA DE SERVICIO - P.S. GRADO Denominación Total de Cargos 004 Sargento 1 Total 1

Artículo 2Artículo 2

La estructura de cargos a que refiere el artículo precedente y la correspondiente regularización tendrán vigencia a partir del 1 de febrero de 2007.

Artículo 3Artículo 3

Si la estructura de cargos de marzo 2007, tomada como referencia para la elaboración de la estructura que figura en el artículo 1º del presente sufriera cambios en los cargos por otros actos administrativos durante el periodo de tramitación de este Decreto, los mismos modificarán las estructuras a que se refiere el antedicho artículo 1º.

Artículo 4Artículo 4

La Contaduría General de la Nación ajustará los créditos presupuestarios necesarios para la aplicación del presente Decreto. Los que no hubieran sido utilizados serán reasignados al destino dispuesto por el artículo 150 de la Ley 16.736 en su redacción dada por el 99 de la Ley Nº 17.930 de 23 de diciembre de 2005, en un Objeto del gasto - Auxiliar especifico que la Contaduría General de la Nación definirá a esos efectos, para su posterior asignación definitiva a las diferentes Unidades Ejecutoras del Inciso 04 - Ministerio del Interior.

Artículo 5Artículo 5

Dése cuenta a la Asamblea General.

Artículo 6Artículo 6

Publíquese, comuníquese al Departamento de Personal de Secretaría, Contaduría de la Jefatura de Policía de Tacuarembó y a la Contaduría Central del Inciso 04 - Ministerio del Interior; cumplido archívese.